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Cómo solicitar una residencia en España con un familiar comunitario

Residencia en España con Familiar Comunitario: Guía y Asesoría Profesional

Entiende el Proceso para Obtener la Residencia con un Familiar Comunitario

Solicitar una residencia en España a través de un familiar comunitario es una excelente opción, pero el proceso puede ser complejo si no tienes la guía adecuada. Nuestro equipo de asesoría está preparado para ayudarte a cumplir con todos los requisitos, desde la preparación de documentos hasta la presentación de la solicitud. Te acompañamos en cada paso, asegurando que tu trámite sea rápido y efectivo. Confía en nosotros para obtener tu residencia y disfrutar de los beneficios que ofrece vivir legalmente en España junto a tu familiar comunitario. ¡Contáctanos hoy!

¿Qué es un Familiar Comunitario?

Se refiere a aquellas personas que van a solicitar una residencia en España y por tanto es una residencia a la que pueden optar por derecho los familiares de un ciudadano español o de otro país integrante de la Unión Europea (UE) o de otro país signatario del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (EEE) o Suiza, que no hayan adquirido la nacionalidad de uno de dichos países. El familiar cuando vaya a residir en España por un período superior a tres meses, deberá solicitar y obtener una tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión.

A continuación, mencionaremos los países que forman parte de Los estados miembros de la UE (Unión Europea) y estados que forman parte en el acuerdo sobre el espacio económico europeo (EEE):

Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia*, Italia, Letonia, Liechtenstein*, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega*, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, R. Checa, Rumanía, Suecia, Suiza**.

(* Estados parte en el Acuerdo Sobre el Espacio Económico Europeo. ** Acuerdo de 21 de junio de 1999, entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza, sobre libre circulación de personal).

Asesoría Especializada para la Residencia con Familiar Comunitario

¿Quiénes son considerados como familiares de nacionales comunitarios?

  1. A su cónyuge, siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial o divorcio. Si la pareja se separa, aunque sea judicialmente, igualmente se le aplica este régimen.
  2. A la pareja con la que mantenga una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público establecido a esos efectos en un Estado miembro de la Unión Europea o en un Estado parte en el Espacio Económico Europeo, y siempre que no se haya cancelado dicha inscripción, lo que deberá ser suficientemente acreditado. Las situaciones de matrimonio e inscripción como pareja registrada se considerarán, en todo caso, incompatibles entre sí.
  3. A sus descendientes directos, y a los de su cónyuge o pareja registrada siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial, divorcio o se haya cancelado la inscripción registral de pareja, menores de veintiún años, mayores de dicha edad que vivan a su cargo, o incapaces.
  4. A sus ascendientes directos, y a los de su cónyuge o pareja registrada que vivan a su cargo, siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial, divorcio o se haya cancelado la inscripción registral de pareja.
  5. A aquellas personas que están dentro de la FAMILIA EXTENSA.

¿Cuáles son los requisitos de estos familiares para entrar en España?

Esto depende en qué lugar se encuentre dicho familiar y debemos de tener en cuenta diferentes situaciones:

1.- Si los familiares de nacionales comunitarios, residen en algún país perteneciente al Tratado Schengen, podrán ingresar en España, solamente mostrando su pasaporte y tarjeta de residencia en dicho país.

2.- Si los familiares nacionales de comunitario, residen en un tercer país que no pertenece a la UE, se tendrá en cuenta la nacionalidad de los mismos para determinar si van a necesitar visado u otra clase de documentación para entrar en España.

Es importante señalar que los nacionales comunitarios, antes del plazo de tres meses desde su entrada en España, deberán solicitar la Tarjeta de familiar de residente comunitario, cuya vigencia estará vinculada a la residencia de la persona de la que dependan, y que como regla general será de 5 años. En el caso de que en ese plazo no soliciten dicha tarjeta, existe la posibilidad de que se les sancione con una multa.

¿Cómo puedo hacer para obtener la Tarjeta de Residente de Familiar de  comunitario?

  1. Acompañar o reunirse con un ciudadano comunitario con residencia por un período superior a tres meses, tener seguro de enfermedad y medios económicos suficientes para la unidad familiar, o ser estudiante con seguro médico y recursos suficientes para la unidad familiar.
  2. El ciudadano comunitario debe cumplir una de las siguientes condiciones:
  • Ser trabajador por cuenta ajena en España, o
  • Ser trabajador por cuenta propia en España, o
  • Disponer para sí y los miembros de su familia, de recursos económicos suficientes. Se considerará acreditación suficiente para el cumplimiento de este requisito que sean superiores al importe que cada año fije la Ley de Presupuestos Generales del Estado para generar el derecho a recibir una prestación no contributiva.
  1. Disponer de un seguro de enfermedad público o privado, contratado en España o en otro país, que proporcione cobertura en España durante su período de residencia.
  2. Tener algunos de los siguientes parentescos con el ciudadano de la Unión:
  • Cónyuge o pareja con relación estable comprobada (Al menos un año de convivencia continuado o descendencia en común).
  • Hijo del ciudadano de la Unión o de su cónyuge o pareja registrada.
  • Cualquier miembro de la familia que esté a cargo o vivan con el ciudadano de la Unión.
  • Cualquier miembro de la familia que, por motivos graves de salud o discapacidad, sea estrictamente necesario que el ciudadano de la Unión se haga cargo de su cuidado personal

¿Qué documentos a presentar para solicitar la residencia de familiar comunitario?

  1. Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–19)por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el familiar de ciudadano residente comunitario.
  2. Copia del pasaporte completo válido y en vigor. En el supuesto de que esté caducado, deberá aportarse copia de éste y de la solicitud de renovación. Deberá exhibirse el documento original en el momento de presentar la solicitud.

3.- Copia del DNI o Certificado de registro de ciudadano de la Unión.

4.- Justificar la disposición de medios económicos suficientes.

5.- Tener un Seguro médico público o privado

  1. Documentación acreditativa de la existencia de vínculo familiar:
  • Si la solicitud la hace el cónyuge o pareja con relación análoga a la conyugal:

Certificado de matrimonio actualizado, o certificación expedida por el encargado del registro de parejas correspondiente. Se debe acreditar también el estado civil de los miembros de la pareja de hecho, mediante el correspondiente certificado.

  • Si solicitud la realiza el descendiente del ciudadano de la Unión:

Certificado de nacimiento, en caso de que el descendiente es mayor de 21 años, documentación acreditativa de vivir a cargo o estar incapacitado.

  • En caso que la solicitud la realiza el descendiente del cónyuge o pareja del ciudadano de la Unión:
  1. certificado de nacimiento
  2. Certificado de matrimonio o certificado de registro de pareja de hecho

Como mencionamos antes en el caso de que el descendiente es mayor de 21 años, documentación acreditativa de vivir a cargo o estar incapacitado. Y cuando el descendiente sea menor de edad, documentación acreditativa de que el cónyuge o la pareja del ciudadano de la Unión ejerce en solitario la patria potestad, o que se le haya otorgado la custodia y estén efectivamente a su cargo.

  • Si solicita el ascendiente del ciudadano de la Unión o su cónyuge:
  1. Certificado de nacimiento del ciudadano de la Unión o de su cónyuge o pareja
  2. Documentación acreditativa de estar a cargo de éste.
  3. Certificado de matrimonio o certificado de registro de parejas de hecho.

¿Quién puede realizar o hacer la solicitud?

El sujeto legitimado para presentar la solicitud es el familiar del ciudadano residente comunitario, personalmente, y acto seguido se le entregará un resguardo acreditativo de la presentación de la solicitud, el cual es suficiente para acreditar la situación de estancia legal hasta la entrega de la tarjeta.

La expedición de la tarjeta de residencia deberá realizarse en el plazo de los tres meses siguientes a la presentación de la solicitud. La resolución favorable tiene efectos desde el momento de la solicitud.

Si lo desea, puede solicitar una cita (presencial u online) con nuestros abogados expertos en extranjería e inmigración, mediante el siguiente enlace: https://legalasociado.com/contacto/
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