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Reagrupación Familiar en España: Asesoría Profesional para tu Trámite

Asesoría Especializada para la Reagrupación Familiar en España

Facilita el Proceso de Reagrupación Familiar con Nuestro Apoyo

¿Qué es la reagrupación familiar extensa?

La reagrupación familiar en España es un trámite fundamental para reunir a tus seres queridos, pero su proceso puede ser complicado si no cuentas con la orientación adecuada. Nuestro equipo de expertos está listo para ofrecerte asesoría personalizada, ayudándote a cumplir con los requisitos legales, preparar la documentación necesaria y gestionar cada etapa del proceso. Desde la solicitud hasta la aprobación, te acompañamos para que tu reagrupación familiar sea un éxito. ¡Contáctanos y logra el reencuentro que tanto esperas!

Es el procedimiento de extranjería que te permite traer contigo a España a todos aquellos familiares que no están incluidos en la reagrupación en régimen general, para que puedan conseguir su residencia en España.

Este procedimiento entro en vigor el 9 de noviembre de 2015, se publico en el BOE Nº 268 del Real Decreto 987/2015, que reforma el Reglamento de Régimen comunitario, ampliando así las posibilidades para otorgar la reagrupación familiar a parientes de un ciudadano español o comunitario.

¿Qué familiares se pueden reagrupar por familia extensa?

A través de la reagrupación en familia extensa podrás traer a España contigo a cualquier familiar directo, es decir, se podrá realizar el proceso con cualquier familiar que viva a cargo en el país de origen y que dependa económicamente del español o comunitario, ya que no tiene otros familiares más directos que se puedan hacer cargo o por situación de estudios.

También se podrá reagrupar por familia extensa a familiares con los que el español ha vivido en el país de origen.

Así mismo, familiares que, aunque no vivan a cargo tengan alguna enfermedad, discapacidad o minusvalía que requiera que vengan a España con el solicitante.

Igualmente, para parejas estable (no registradas). Hablamos de parejas casadas en el extranjero y en proceso de inscribir el matrimonio, parejas con un hijo en común, parejas que han convivido durante tiempo suficiente, etc.

Cónyuge, pareja de hecho.

  • Cónyuge: Un ciudadano español o miembro de cualquier otro país de la UE que resida en territorio español, puede reagrupar a su cónyuge, siempre y cuando el matrimonio sea válido en España, con el Certificado de Registro.
  • Pareja de Hecho Registrada: Un ciudadano extracomunitario que sea Pareja de Hecho Registrada, inscrita en un Registro Público de Parejas de Hecho, ya sea autonómico o local, de un ciudadano español o comunitario que resida en España.

Hijos

  • Hijos hasta 20 años: Hijo/a tanto de la persona comunitaria como del cónyuge o pareja de hecho registrada. En el caso de ser menores de edad, es necesario la autorización del otro padre si lo hubiera.
  • Hijos mayores de 21 años que vivan a cargo: Hijo/a tanto de la persona comunitaria como del cónyuge o pareja de hecho registrada. Al cumplir los 21 años es obligatorio demostrar que viven a cargo del familiar español o ciudadano comunitario que dependan de él para su sustento.

Ascendientes

  • Padres y/o suegros que viven a cargo: Sin importar la edad, deben demostrar que viven a cargo del familiar español o ciudadano comunitario en su país de origen o residencia.
  • Otros familiares: Familiares que, por motivos graves de salud o discapacidad, sea estrictamente necesario que el familiar ciudadano español o comunitario, se haga cargo personalmente del mismo. En este caso hay aspectos que tomarán en cuenta, tales como: Grado de dependencia financiera y física, Gravedad de la enfermedad o discapacidad, además el tiempo previo de convivencia, se tomará como acreditada si la misma ha durado al menos 24 meses

Servicios de Asesoría para Reagrupación Familiar

  • Gestión de Solicitudes y Presentación de Documentos

  • Asistencia en Citas y Seguimiento del Proceso

Procedimiento para la reagrupación familia extensa

En primer lugar, si eres de un país que requiere visado para entrar a España, tienes que solicitar el visado de reagrupación como familiar comunitario.

Así mismo, deberás aportar toda la documentación o pruebas que garanticen el vínculo de parentesco y la dependencia física o económica, el extranjero en país de origen deberá acudir al consulado español para solicitar y recibir el visado con el que podrá viajar a España.

Una vez obtenido el visado, deberás tramitar la residencia de familiar comunitario en España.

Si lo desea, puede solicitar una cita (presencial u online) con nuestros abogados expertos en extranjería e inmigración, mediante el siguiente enlace: https://legalasociado.com/contacto/
España. Teléfono: +34 605800390
Email: info.legalasociado@gmail.com

1 comentario en “Reagrupación Familiar en España: Asesoría Profesional para tu Trámite”

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